PREGUNTAS FRECUENTES
Señor Usuario el departamento de escrituración le estará enviando a la dirección por usted registrada en la constructora la respectiva notificación para la legalización de la escritura de su inmueble y posterior entrega de este, esta Notificación se enviara por lo menos con 15 días de antelación al vencimiento de la cuota de entrada de su inmueble.
Tenga en cuenta señor Usuario que a partir de la fecha de Notificación todos los gastos que pueda generar su inmueble como son impuesto predial, valorización, servicios públicos, administración, correrán por su cuenta en su totalidad.
Los gastos de Escrituras que Usted cancela en la Constructora para la legalización de sus inmuebles corresponden a un depósito es decir que se estiman los gastos que se puedan generar por Gastos Notariales, Boleta Fiscal, registro de su inmueble.
Una vez llegue registrada la minuta se verifican los gastos con los respectivos recibos de cada entidad además si usted tiene pendientes otros pagos como son servicios públicos, impuesto predial, impuesto al patrimonio o administración se le descontaran de este Depósito.
Señor Usuario si llegase hacer remanente a su favor del depósito de escrituras se procederá de la siguiente manera:
- Si Usted tiene obligación vigente con la Constructora estos dineros se le aplicaran a la obligación.
- Si Usted no tiene obligaciones vigentes con la Constructora y esta cancelado el inmueble en su totalidad se le informara a Tesorería para que le tramite la respectiva devolución de su dinero.
- Si la persona que reclama la devolución no es el titular de la obligación se le solicitará como requisito un poder o autorización autenticada ante notaria donde especifique que lo autoriza para recibir dinero, si es poder general por escritura pública debe presentar la respectiva vigencia.
Señor Usuario el depósito de intereses aplica cuando el cliente toma financiación con entidad financiera y es requisito indispensable para la firma de la escritura de venta e hipoteca por parte de la Constructora. Este depósito de Intereses está estimado en 45 días.
Una vez se realice el respectivo desembolso se liquidaran los intereses que se hayan causado a la fecha y su hubiese remanente a su favor se le informará a Tesorería para que le tramite la respectiva devolución de su dinero. (Si es el apoderado el que recibirá el dinero sobrante se le solicitara el poder o Autorización autenticada ante Notaria, si es poder general por escritura pública debe presentar la respectiva vigencia).
Señor Usuario si Usted está Notificado y no ha realizado el respectivo tramite de escrituras los requisitos que debe presentar son los siguientes:
- Paz y salvo de Impuesto predial.
- Paz y salvo de valorización del área Metropolitana (Si el inmueble es del Municipio de Bucaramanga deberá presentar paz y salvo de valorización de la Alcaldía de Bucaramanga.
- Paz y salvo de Administración cuando el inmueble se encuentre sometido a propiedad horizontal.
- Presentar pago de impuesto predial o haber cancelado en la Constructora si tiene deuda por este concepto.
- Presentar pago de servicios públicos o haber cancelado en la Constructora si tiene deuda por este concepto.
- Cancelar el depósito de escrituras.
- Haber cancelado y diligenciado el formulario de Seguro de Vida.
- Para la entrega de sus escrituras señor Usuario se le avisara por medio telefónico o a su correo electrónico en un plazo de 30 a 40 días hábiles después de la firma de la minuta.
- Debe retirarla personalmente
- Si envía a otra persona para retirar las escrituras debe presentar autorización o poder autenticado si es poder general por escritura pública debe presentar la respectiva vigencia.
Requisitos
- Haber cancelado totalmente la cuota de entrada del inmueble.
- Estar Invitado y/o Notificado por el departamento de escrituras.
- Tener cancelado el depósito de escrituras.
- Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
Procedimiento
- Cancelar el Depósito de escrituras que corresponde a gastos Notariales Boleta Fiscal y registro en la caja de la Constructora ubicada en el Centro Comercial IV Etapa Oficina 401 o en cualquiera de Nuestras cuentas.
- Una vez cancelado el depósito de escrituras y el pago y confirmación del diligenciamiento del seguro de vida, se acordara con el asistente de Escrituración fecha y hora de la firma de la minuta la cual se leerá y firmara en las oficinas de la Constructora ante el delegado de la Notaria.
- Firmada la escritura y teniendo en cuenta el procedimiento interno de la empresa se le programara la cita para la entrega del inmueble en el término de 10 a 15 días y la escritura pública registrada en el término de 30 a 40 días hábiles.
- Una vez llegue la escritura registrada se le informará para que personalmente se acerque a nuestras oficinas en el horario de Lunes a Viernes de 8 a 11:30 a.m y 2:30pm a 4:30 p.m En caso que Usted no se pueda retirarlas debe enviar una autorización debidamente autenticada para entregarle a la persona autorizada.
Requisitos
- Tener canceladas las obligaciones pendientes con la Constructora.
- Tener cancelado el depósito de escrituras por levantamiento de hipoteca los cuales se cancelaran en la caja de la Constructora ubicada en el Centro Comercial IV Etapa Oficina 401 o en cualquiera de Nuestras cuentas.
Procedimiento
Usted podrá optar por dos opciones para este trámite:
OPCION 1
Cancelar el Depósito de escrituras que corresponde a gastos Notariales Boleta Fiscal Y registro en la caja de la Constructora ubicada en el Centro Comercial IV Etapa Oficina 401 o en cualquiera de Nuestras cuentas y se le entregará la escritura debidamente registrada en el término de 30 a 40 días hábiles. Para lo cual se le llamara para que se acerque a nuestras oficinas en el horario de lunes a viernes de 8 a 11:30 a.m y 2 a 4:30 p.m.
En caso que Usted no se pueda retirarlas debe enviar una autorización debidamente autenticada para entregarle a la persona autorizada.
OPCION 2
Cancelar los gastos Notariales en la caja de la Constructora ubicada en el Centro Comercial IV Etapa Oficina 401 o en cualquiera de Nuestras cuentas y se le entregara la escritura debidamente cerrada en el término de 15 días y Usted se encargara de comprar la Boleta Fiscal en la casa del Libro y de registrarla en la oficina de instrumentos públicos que le correspondan al inmueble recuerde deber cancelar en cada entidad los impuestos respectivos para el registro del levantamiento de hipoteca.
Requisitos
- Carta de aprobación del crédito.
- Tener cancelada la cuota de entrada.
- Estar Notificado para la entrega del inmueble.
- Estar al día con todas las obligaciones que tenga pendientes con la Constructora.
Procedimientos
- Una vez tenga aprobado el crédito debe presentar la carta de aprobación del crédito al departamento de escrituración para adelantar los trámites que le exija el Banco.
- Para efectos de la promesa de venta y de la respectiva escritura de venta e hipoteca a favor de la entidad con la cual está tramitando el crédito el valor de la venta será el consignado en la orden de compra por Usted Suscrito con la Constructora y el valor de la hipoteca será el saldo a la fecha de presentación de la carta de aprobación del crédito es decir que si hay un mayor valor entre el saldo y el valor aprobado deberá cancelarlo para la legalización de la promesa de venta.
- Los trámites correspondientes al crédito son de su responsabilidad por lo tanto la Constructora le suministrara la información para obtener los documentos que requiera para este trámite.
- Para Firma de Promesas de Venta debe encontrarse al día con las Obligaciones que tenga vigentes con la Constructora.
- Para la firma de la venta e hipoteca a favor de la entidad financiera por parte de la constructora debe tener cancelada la Cuota de Entrada de su inmueble. Además deberá cancelar los intereses que se hayan causado y deberá dejar un deposito de escrituras de 45 días el cual respalda los intereses que se causen desde la firma de la escritura hasta el desembolso de crédito de la financiación pactada con la Constructora .
- Una vez se realice el desembolso del crédito a favor de la Constructora se liquidaran los intereses que se hayan causado los cuales se descontaran del depósito de escrituras, si resulta remanente a su favor se le enviara el reporte a Tesorería para que tramite esta devolución a su favor.
- Presentar la escritura de venta junto con el folio de matrícula inmobiliaria donde conste la venta al nuevo propietario.
- Paz y salvos de Impuesto predial (los cuales solicitan en la alcaldía Municipal de donde es el inmueble).
- Paz y salvo de valorización ( El cual solicitan en el Área metropolitana en la real de Minas Antes del Centro comercial Acrópolis- cuando se tratan de inmuebles de Bucaramanga deberán solicitar un paz y salvo de valorización de la Alcaldía de Bucaramanga).
- Cancelar los depósitos de escrituras por la nueva hipoteca y por el levantamiento de hipoteca constituida por el anterior propietario que corresponde a gastos Notariales Boleta Fiscal Y registro en la caja de la Constructora ubicada en el Centro Comercial IV Etapa Oficina 401 o en cualquiera de Nuestras cuentas y se le entregara la escritura debidamente registrada en el término de 30 días para lo cual se le llamara que personalmente se acerque a nuestras oficinas en el horario de Lunes a Viernes de 8 a 11:30 a.m y 2 a 4:30 p.m de Lunes a Viernes personalmente a retirarlas en caso que Usted no se pueda acercar deberá enviar una autorización debidamente autenticada para entregarle a la persona autorizada.
- Diligenciar ante el departamento de Cartera la Subrogación.
- Una vez cumplidos todos los requisitos mencionados anteriormente se programara con escrituración el día y la hora de la firma de la escritura de hipoteca por parte del nuevo propietario a favor de HG CONSTRUCTORA S.A, firma la cual la tomara junto con la de las garantías que respaldan la hipoteca (letra, autorización para diligenciar la letra, autorizaciones para las centrales de riesgo y pagare) el funcionario de la Notaria.
- Una vez firmada se procederá con el tramite interno para la legalización de la minuta y en aproximadamente 30 días que llegue registrada la nueva hipoteca se verificara con folio la inscripción de esta y se procederá a legalizar el levantamiento de hipoteca del anterior propietaria ante Notaria y ante la oficina de registro de instrumentos públicos.
HORARIO DE ATENCIÓN
LUNES A JUEVES
8:00 a.m. – 6:00 p.m.
Jornada contínua
VIERNES
8:00 a.m. – 5:00 p.m.
Jornada contínua
SÁBADOS
CERRADO